jueves, 17 de marzo de 2016

                  Conciliación bancaria

                                
Es una comparación que se hace entre los apuntes contables que lleva una empresa de su cuenta corriente (o cuenta de bancos) y los ajustes que el propio banco realiza sobre la misma cuenta.

Es un proceso que permite comparar los valores que la empresa tiene registrados de una cuenta de ahorros o cuenta corriente, con los valores que el banco le suministra por medio del extracto bancario, que suele recibirse cada mes.

Proceso de conciliación

El proceso es el siguiente: la empresa va registrando todos los movimientos en un libro auxiliar y, a su vez, el banco hace lo mismo, al mes el banco suele enviar a cada uno de sus clientes, un estado de cuenta en el que se detallan todos los asientos realizados, un estracto bancario.
A continuación, se realiza una verificación en la que se revisan y comprueban los movimientos que la empresa ha registrado con los del banco y determinan si coinciden o cuál es la causa de la diferencia.

¿Y si no coinciden los datos?

El saldo final del banco casi nunca coincide con el saldo que muestran los libros contables de la empresa, debido solo al tiempo en el que se registran las partidas.

Por ejemplo, hay hechos económicos que la empresa ya ha apuntado en sus libros contables pero que el banco aún no ha registrado porque lo contabiliza a final de la semana siguiente.


                        Cortes de Caja

                                          
Dentro del procedimiento general de cobranza, los cortes de caja tienen un papel muy importante. Como se mencionó antes, el corte de caja nos permite detener la cobranza en alguna caja activa y nos permite acceder al mecanismo de cierre de caja.

El corte de caja muestra las siguientes secciones:
1) Una breve estadística de la cobranza y gastos efectuados. 
2) Una relación de los movimientos realizados de ingresos y de egresos. 
3) Un Resumen de Movimientos por Forma de Pago (Cuando haya egresos se dividen por concepto).

Los usuarios supervisores de cajas, podrán consultar cierres o sesiones de cualquier usuario y de cualquier fecha.
Al realizar el corte se detiene la operación de la caja, después del corte se debe realizar el conteo de efectivo y documentos para verificar que los ingresos y egresos coincidan con los resultados reportados por el sistema.

De acuerdo a los procedimientos generalmente aceptados, después de un corte de caja, se deberá revisar, verificar y documentar que las cantidades existentes en caja sean adecuadas.


         ¿Qué es arqueo de caja?

                                   
El arqueo de caja es el análisis de las transacciones del efectivo, en un momento determinado, con el objeto de comprobar si se ha contabilizado todo el efectivo recibido y si el saldo que arroja esta cuenta corresponde con lo que se encuentra físicamente en caja en dinero efectivo, cheques o vales. Sirve también para saber si los controles internos se están llevando adecuadamente.

Los auditores o ejecutivos asignados para ello, suelen efectuar arqueos de caja en fechas no previstas por el cajero. Es frecuente que en los arqueos de caja aparezcan faltantes o sobrantes, con respecto a la cuenta de control del libro mayor. Estas diferencias se contabilizan generalmente en una cuenta denominada diferencias de caja. Se le cargan los faltantes como pérdidas y se abonan los sobrantes como ingresos. Si no se subsanan estas diferencias, al cierre del ejercicio, la cuenta diferencias de caja se deberá cancelar contra la de pérdidas y ganancias.

El arqueo de caja es un inventario material de los fondos existentes en un momento dado. Consiste en el cotejo de los resultados obtenidos con los saldos contables si éstos se llevan estrictamente al día, es decir, si las operaciones realizadas se vuelcan sin dilación en los libros de contabilidad, el cotejo en sí no pasa de ser una sencilla confrontación de importes; sin embargo, si de este cotejo aparecen diferencias, entonces, y especialmente si las discrepancias son importantes, la tarea de determinar las razones que dieron lugar a las mismas suele ser compleja y requiere pleno dominio de la técnica contable y de los principios de organización de empresas. Sí los libros de contabilidad no se encuentran al día, la labor de determinar la concordancia de los resultados del arqueo con los saldos que arrojan aquéllos, entraña un procedimiento de ajuste que hace aún más necesaria la pericia en contabilidad.


Efectivo y equivalentes de efectivo




Una vez analizadas las definiciones de efectivo y equivalentes al efectivo, es necesario poder establecer que puede ser calificada como tal, sin embargo recordemos:

Efectivo: comprende lo relacionado con los recursos que la empresa mantiene con una disponibilidad inmediata, tales como caja y saldos en entidades financieras.
Equivalentes al efectivo: comprende las inversiones a corto plazo de gran liquidez, fácilmente convertibles en importes de efectivo, los cuales se encuentran sujetos a un riesgo poco significativo de cambios en su valor.
Las características relacionadas con los equivalentes al efectivo como son:
  • Un equivalente al efectivo no se tiene para propósitos de inversión, sino que su propósito es para cumplir los compromisos de pago a corto plazo;
  • Debe poder ser fácilmente convertible a una cantidad determinada de efectivo;
  • Debe estar sujeta a un riesgo insignificante de cambios en su valor;
  • En el caso de inversiones, deben tener un vencimiento próximo de al menos tres meses o menos desde la fecha de adquisición.
  • Las participaciones en el capital de otras entidades (acciones) normalmente no se consideran equivalentes al efectivo, a menos que sean sustancialmente equivalentes al mismo.
  • Los sobregiros bancarios, forman parte de la gestión del efectivo de la entidad (es decir son un equivalente al efectivo).
En conclusión los equivalentes al efectivo son parte de la gestión del manejo del efectivo por parte de la entidad, más que ser una actividad de operación, financiación o inversión.
De acuerdo a lo anterior el rubro o cuenta efectivo, y equivalentes al efectivo comprende lo siguiente:
  • Saldo de caja
  • Saldos en cuentas con entidades financieras
  • Saldos en cuentas en entidades cooperativas
  • Saldos en inversiones en títulos de deuda (bonos de empresas, títulos de tesorería del estado, etc.) que puedan venderse fácilmente en un mercado[5] y que se tengan solo con fines de utilizar excedentes de efectivo y no para inversión;
  • Sobregiros bancarios (en este caso restan el efectivo);
  • Crediexpress, cupos de crédito o créditos de tesorería a corto plazo, siempre que se utilicen de la misma manera que los sobregiros;
  • Dinero invertido a través de carteras colectivas, fondos de inversión, fideicomisos, encargos fiduciarios, siempre que se mantengan solo con fines de utilizar excedentes de efectivo y no para inversión;
  • Inversiones en acciones de alta bursatilidad, las cuales se puedan vender fácilmente, y siempre que se mantengan solo con fines de utilizar excedentes de efectivo y no para inversión.
Es decir un instrumento financiero será una partida equivalente al efectivo, solo si se mantiene para utilizar los excedentes de efectivo de una entidad y no para propósitos de inversión.
Norma de Información Financiera C-1
Efectivo y Equivalentes de Efectivo
Objetivo: 
Esta norma de información financiera tiene como objetivo establecer las normas de valuación, presentación y revelación de las partidas que integran el rubro de efectivo  y equivalentes de efectivo en el estado de posición financiera de una entidad.
Alcance:
Las disposiciones de esta NIF son aplicables a todo tipo de entidades que emitan estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.
Definición en términos:
Los términos que se listan a continuación se utilizan en esta NIF con los significados que especifican.
a)   Costo de adquisición: es el monto pagado de efectivo o equivalentes por un activo o servicio al momento de su adquisición.
b)   Efectivo: es la moneda de curso legal en caja y en depósitos bancarios disponibles para la operación de la entidad (disponibles en cuentas de cheques, giros bancarios, telegráficos o postales y remesas en tránsito).
c)   Equivalentes de efectivo: son de valores de corto plazo, con gran liquidez, fácilmente convertibles poco importantes de cambios en su valor (monedas extranjeras, metales preciosos amonedados e inversiones disponibles a la vista).
d)   Efectivo y equivalentes de efectivo restringidos: son el efectivo y los equivalentes de efectivo que tienen ciertas limitaciones para su disponibilidad, las cuales normalmente son de tipo contractual o legal.
e)   Inversiones disponible a la vista: son valores cuya disposición por parte de la entidad se prevé de forma inmediata, genera rendimientos y tiene riesgos poco importantes de cambios en su valor
f)     Valor neto de realización: es el monto que se recibe en efectivo, equivalentes de efectivo o en especie, por la venta o intercambio de un activo.
g)   Valor nominal: es la cantidad en unidades monetarias expresada en billetes, monedas, títulos e instrumentos.
h)   valor razonable: representada en el monto de efectivo o equivalentes participantes en el mercado estarían dispuestos a intercambiar para la compra o venta de un activo, o para asumir o liquidar un pasivo, en una operación entre partes interesadas dispuestas e informadas, en un mercado de libre competencia. Cundo no se tenga un valor intercambiado accesible de la operación debe realizarse una estimación de la misma mediante técnicas de evaluación.
Normas de valuación:
El efectivo debe valuarse a su valor nominal. Todos los equivalentes de efectivo en su reconocimiento inicial deben reconocerse en su costo de adquisición.

Los equivalentes e efectivo representados por metales preciosos amonedados deben valuarse a su valor razonable; para tal efecto, debe utilizarse su valor neto de realización a la fecha de cierre a los estados financieros.

Los efectos por cambios en su valor deben reconocerse en el estado de resultado conforme de devenguen.

Los equivalentes de efectivo denominados en moneda extranjera deben convertirse a la moneda que informe utilizando el tipo de cambio con el que pudieron haberse realizado a la fecha de cierre de los estados financiero.
Los equivalentes de efectivo denominados en otra moneda medida de intercambio como es el caso de las unidades de inversión (UDI) deben convertirse a la medida de intercambio correspondiente a la fehca de cierre de los estados financieros.

Las inversiones disponibles a la vista deben valuarse a su valor razonable, para tal efecto deben utilizarse a su valor neto de realización a la fecha de cierre de los estados financieros.
Normas de presentación
En el estado de situación financiera, el efectivo y equivalentes de efectivo deben presentarse en un solo renglón como el primer rubro del activo a corto plazo, incluyendo el efectivo restringido.
El monto de los cheques emitidos con anterioridad a la fecha de los estados financieros que estén pendientes de entrega a los beneficiarios debe reincorporarse al rubro de efectivo reconociendo el pasivo correspondiente.
Con base en l NIF B-3, Estado de resultado deben presentarse en el resultado integral de financiamiento:
a)   los intereses generados por el efectivo y equivalentes d efectivo.
b)   Las fluctuaciones cambiarias de los equivalentes de efectivo denominados en moneda extranjera o en alguna otra medida de intercambio.
c)   Los ajuste a valor razonable de los equivalentes de efectivo.
Normas de revelación
En las notas a los estados financieros debe revelarse información acerca de lo siguiente:
a)   La integración del efectivo y equivalente del efectivo indicando en su caso, la política de valuación y la moneda o medida de intercambio de su denominación.
b)   En caso de que exista efectivo y equivalentes de efectivo restringidos debe revelarse su importe y las razones de la restricción y la fecha probable en que esta expira.
c)   Los importes de efectivo y equivalentes de efectivo que estén destinados a un fin específico por parte de la administración.
d)   El efecto de los hechos posteriores que por su importancia haya modificado sustancialmente la valuación del efectivo en moneda extranjera, en metales preciosos amonedados y en inversiones disponibles a la vista, entre la fecha de los estados financieros y la fecha en que estos son autorizados para su emisión.